Capacitacion Doc/ continua Disposicion 006/2012


 DISPOSICION 006 / 2012   Capacitacion, docente continua



Escuela Superior de Bellas Artes Manuel Belgrano de Neuquen


Neuquen 15 de Agosto de 2012.

DISPOSICION N º 006/12

VISTO:

                La Resolución Nº 1340/11 por la cual se aprueba el Régimen Académico Provincial para la Escuela Superior de Bellas Artes (RAM)m y;

CONSIDERANDO:
               
                Que la mencionada Resolución  en sus artículos 12º, 13º y 14º, establece el carácter de los estudiantes en el marco de la permanencia en el ámbito institucional
               
                Que a fin de dar una organización a la implementación de lo dispuesto en la norma, resulta necesario instrumentar los procedimientos administrativos que permitan cumplir con dicho cometido

                Que en tal sentido corresponde establecer un cronograma de inscripción e instruir a las áreas intervinientes sobre el proceder

                Por ello;

EL CONSEJO DIRECTIVO DE
LA ESCUELA SUPERIOR DE BELLAS ARTES DE NEUQUEN
DISPONE

ARTICULO 1º: AUTORIZAR Y FIJAR como fechas de inscripción , de las personas que deseen permanecer  en la institución como estudiantes “Libre”, “Vocacional” o “Formación Docente Continua”, atento a lo previsto en los artículos 12º, 13º y 14º de la Resolución Nº 1340/11, AL COMIENZO DE CADA CUATRIMESTRE Mes de Marzo/ Mes de Agosto ( EN CASO DE LAS MATERIAS CUATRIMESTRALES ) Y A COMIENZO DE PRIMER CUATRIMESTRE  Mes de Marzo ( EN CASO DE LAS MATERIAS ANUALES)

ARTICULO 2º: ESTABLECER el Procedimiento Administrativo a llevar adelante, de acuerdo al siguiente detalle:

A) DE LA INSCRIPCION.
A.1- La Inscripción se efectuará por la bedelía correspondiente al turno en que se inscriba el estudiante
A.2- El Estudiante que se inscriba en  carácter de “Libre” o “Vocacional”, deberá abrir legajo, presentando idéntica documentación requerida para la inscripción de alumnos regulares
A.3- El Docente que se inscriba en carácter de estudiante en “formación Docente Continua” deberá presentar Nota solicitando la inscripción al cursado
   
B) DE LA CERTIFICACION

B.1- El Estudiante en carácter de “Libre” NO recibirá Certificación alguna
B.2- El Docente en carácter de estudiante en “Formación Docente Continua” una vez cursado y acreditado el espacio curricular, recibirá la correspondiente certificación a través del Departamento de Extensión y la autoridad institucional
B.3- El Estudiante en carácter de “Vocacional” deberá acreditar el espacio curricular para recibir la correspondiente certificación por parte del Departamento de Extensión y la autoridad institucional.

ARTICULO 3º: DETERMINAR que los estudiantes inscriptos de acuerdo en los artículos precedentes deberán cumplir con los requisitos previstos y respetar el Sistema de Correlatividades tal lo indicado en el articulo 15º de la resolución Nº 1340/11.

ARTICULO 4º: Por Secretaría notifíquese a Bedelía, Jefes de Departamento y jefes de Área, comuníquese, cumplido Archívese.

No hay comentarios: